Seguros para repartidores: qué cubre tu empresa y qué tienes que contratar tú

Repartir implica pasar muchas horas en la calle, así que conviene tener claro qué te cubre si tienes un accidente o causas un daño a otra persona. La respuesta depende sobre todo de dos cosas: tu tipo de contrato y el vehículo que usas.

Esta guía es informativa. Ante un caso concreto, consulta con tu empresa, tu aseguradora o un asesor.

Si trabajas con contrato laboral

Tras la Ley Rider, lo habitual es repartir como trabajador por cuenta ajena, ya sea de la plataforma o de una empresa de flota. Eso implica:

  • Cobertura de accidente de trabajo de la Seguridad Social. Un accidente durante tu jornada, o en el trayecto de casa al trabajo y viceversa, se considera en principio accidente laboral, con asistencia sanitaria y prestaciones específicas.
  • Posibles seguros adicionales que prevea tu convenio colectivo o tu empresa (por ejemplo, de accidentes o de responsabilidad civil). Pregunta qué tienes.

Comprueba en tu nómina y en tu vida laboral que estás dado de alta correctamente: de ello depende esta protección.

El seguro del vehículo

Moto o ciclomotor

El seguro obligatorio de responsabilidad civil es imprescindible para circular. Si la moto es tuya, revisa que la póliza cubra el uso profesional o de reparto: algunas pólizas particulares lo excluyen. Si la moto es de la empresa, pregunta qué seguro tiene.

Patinete eléctrico

Con la Ley 5/2025, desde el 2 de enero de 2026 los patinetes eléctricos y otros vehículos personales ligeros deben estar inscritos en la DGT y tener un seguro obligatorio de responsabilidad civil. Circular sin seguro puede suponer una multa importante. Los patinetes antiguos que no cumplan los requisitos técnicos tienen un periodo transitorio para circular. Consulta los detalles actualizados en la web de la DGT.

Bicicleta

No hay seguro obligatorio para bicicletas, pero un seguro de responsabilidad civil es muy recomendable si pasas muchas horas en la calle. Algunos seguros de hogar ya lo incluyen; revisa si cubre la actividad profesional.

Responsabilidad civil: por qué importa

Si atropellas a un peatón o dañas un coche, la responsabilidad civil cubre los daños a terceros. Sin seguro, podrías tener que pagar tú esa indemnización. Por eso, aunque tu vehículo no lo exija, conviene saber qué póliza te cubre.

Qué preguntar a tu empresa

  1. ¿Qué seguros tengo además de la cobertura de la Seguridad Social?
  2. ¿El vehículo lo pone la empresa? ¿Qué seguro tiene?
  3. Si uso mi vehículo, ¿hay algún plus o compensación? ¿Tengo que tener un seguro con cobertura profesional?
  4. ¿Qué tengo que hacer si tengo un accidente durante el turno?

Si tienes un accidente

Pide ayuda si hay heridos (112), documenta lo ocurrido y comunícalo a tu empresa cuanto antes para que se tramite como accidente laboral. Más en nuestra guía de seguridad vial para repartidores.

Preguntas frecuentes

¿El trayecto de casa al trabajo está cubierto?

Con carácter general, el accidente «in itinere» se considera accidente de trabajo, con algunas condiciones. Si te pasa, comunícalo a tu empresa.

¿Cuánto cuesta el seguro de un patinete?

Depende de la aseguradora y la cobertura. Compara varias ofertas y comprueba que cubre el uso que le das.

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